Subject: Galileo IyS - Boletín Informativo - Contabilidad

Boletín informativo - Contabilidad - Septiembre 2014 - Ver online
BOLETÍN INFORMATIVO - Contabilidad
Galileo Ingeniería y Servicios


Estimado cliente;

Le informamos de las últimas novedades relacionadas con el sistema de gestión de contabilidad de Galileo Ingeniería y Servicios.
1. Ficheros de órdenes de Transferencias SEPA
Con la entrada en vigor de la normativa SEPA, se precisa hacer un cambio en los ficheros de órdenes de transferencias. Con este fin, se procederá a ir modificando en cada uno de los ayuntamientos uno de los parámetros de funcionamiento del programa de contabilidad.
2. Real Decreto 635/2014 - Cálculo del periodo medio de pagos.
2.1.- Contestación de las Subdirección General de Relaciones Financieras con las entidades locales, del MHAP, a una consulta sobre el Real Decreto 635/2014.
El período medio de pago definido en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos, como indicador distinto respecto del periodo legal de pago establecido en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. 

Esta medición con criterios estrictamente económicos puede tomar valor negativo, tanto en las operaciones pagadas como en las pendientes de pago, si la Administración paga antes de que hayan transcurrido treinta días naturales desde la presentación de las facturas o certificaciones de obra o, si al final del periodo para la remisión de la información aún no han transcurrido, en las operaciones pendientes de pago, esos treinta días.
2.2.- Identificación entre Entidades Públicas
La aplicación del RD 635/2014, de la metodología del cálculo del periodo medio de pago, requiere, entre otros, la identificación por parte del sistema de las obligaciones contraídas entre entidades que tengan la consideración de Administraciones Públicas y las obligaciones pagadas con cargo al Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. 

A tal fin, se hace indispensable que cada ayuntamiento identifique las Entidades Públicas con las que tiene relación. Dicha identificación se realizará en el módulo de Contabilidad General > Remisión de información Organos Externos > Ministerio de Hacienda > Mantenimiento de entidades públicas.

Dado que el sistema reconoce automáticamente aquellas identificadas con CIF incialiazados con P, Q y S, la entidad deberá incluir en esta opción los CIF y nombres del resto de Entidades públicas empresariales y las Sociedades Mercantiles con las que opere..
2.3.- Actualización de la versión del programa de contabilidad.
Se procederá en estos días a la actualización de la versión del programa de contabilidad que permitirá generar esta información a remitir al Ministerio.
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